De esta forma, a través de la Resolución 66/2023 publicada este martes en el Diario Oficial, UIF ha avanzado en la optimización procesos de intercambio de información con unidades extranjeras similares.
La reforma tiene como objetivo estandarizar los requisitos emitidos a solicitud de una autoridad judicial y mejorar la eficiencia de los intercambios mediante la incorporación de un modelo de formulario, alineando así la normativa local con los estándares internacionales aplicables en materia de Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
La resolución, que entrará en vigor el 17 de mayo, establece que para dar trámite a una solicitud de información, se solicitará a la autoridad judicial correspondiente que indique si se utilizará con fines de inteligencia o si se incorporará a un juicio como prueba. .
También se deberá hacer una breve descripción de los hechos que justifican la solicitud, brindar información que permita identificar a las personas o bienes de que se trate que sean relevantes para los fines de la solicitud y establecer la presunta vinculación con la jurisdicción a la que pertenece la solicitud. . cuerpo deseado.
Este requisito debe cumplirse mediante «Formulario de intercambio de información»y enviado a través del formulario disponible en el sitio web de la UIF.