El Ministerio de Energía incluyó a los clubes locales y municipales en el régimen tarifario específico para entidades de beneficio público a través de la resolución 95/2023 publicada en el Boletín Oficial.

Otorga a los clubes de ciudad y pueblo una tasa equivalente a la que obtienen las entidades de bien público por el pago de servicios públicos.

La Ley 27.218 introdujo el Régimen Especial de Cuotas para Entidades de Beneficencia Pública, pero excluyó de él a las entidades que se acojan al Régimen de Promoción de Clubes de Barrio y Ciudad.

Hasta ahora utilizaban un descuento del 45% sobre el valor de los servicios. No obstante, la normativa vigente las incorpora y crea también un Registro de clubes de vecinos-beneficiarios.

De ello, los clubes locales y de ciudad pagarán las tarifas máximas correspondientes a las tarifas correspondientes a la categoría residencial.

La resolución enfatizó que estas organizaciones “juegan un papel vital en la sociedad en el desarrollo de actividades deportes no profesionales en todas sus modalidades y que suelen servir de base para la educación informal, la promoción cultural de todos sus asociados y de la comunidad a la que pertenecen».

Por eso lo consideró “Corresponde a que, en términos de beneficios arancelarios, son iguales a los que reciben otras entidades de bien público”.

CFO en Interconsulting S.A
¡Hola! Mi nombre es Ana Sanchez y soy un apasionada del mundo de las finanzas. Desde muy joven, me interesé por entender cómo funcionan los mercados y cómo puedo ayudar a las personas a tomar decisiones financieras inteligentes. Después de estudiar en la Universidad de Buenos Aires y trabajar en el sector financiero por varios años, decidí compartir mis conocimientos y experiencia con el mundo a través de este blog.
Ana Sanchez

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