Un grupo de aduaneros especialistas se presentó luego de recibir una alerta emitida por los sistemas locales.
El contenedor con origen en Shanghái estaba a nombre de Cereal Business Trade SA, que declaró un cargamento de 574 bultos con cajas de PC.
Después de la notificación, se examinó la carga y se encontró que en lugar de pesar 12,66 toneladas como se indica en la declaración
Después de la notificación, se llevó a cabo la inspección de la carga. y en lugar de pesar 12,66 toneladas como se indica en la declaración, se encontró que las mercancías tenían un peso total de 16,46 toneladas con un exceso de más del 33%, dijo la oficina de aduanas en un comunicado.
Tras verificar el exceso, se abrió el contenedor y se encontró una «cantidad extraordinaria» de ropa deportiva y zapatillas deportivas, además de 239 máquinas de tatuar y 35 depiladoras láser, que por no contar con las garantías de ANMAT, «podrían representar un grave riesgo para potenciales usuarios». .
También Autoridades aduaneras verificaron la existencia de 1.200 cigarrillos electrónicos, 360 planchas para el cabello y 174 masajeadores sin certificación de seguridad eléctrica.
Entre la ropa deportiva se encontraban 2.214 pares de zapatillas, 1.538 camperas de Nike, Adidas y Puma, entre otros, de clubes como Chelsea, Liverpool, PSG, Manchester United, Real Madrid, Milan y Juventus; 297 conjuntos deportivos (sudaderas y pantalones) de marcas y equipos similares; y 90 camisetas deportivas, incluidas 40 de la selección argentina y 30 de River Plate.
Luego de incautar la mercancía, los funcionarios de la aduana continuaron interponiendo denuncia ante el NSZ N° 10 por el delito de contrabando.
También se encontraron 24.210 fundas de teléfonos móviles de la marca Apple, 4.500 gafas Ray Ban; 660 suéteres de Tommy Hilfiger; 209 camisetas con marcas como Prada, Fendi, Versace, Armani y Gucci y 687 bufandas con inscripciones de marcas similares.
Tras el embargo de la mercancía, la administración aduanera continuó interponiendo denuncia ante el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 10, por el delito de contrabando, tipificado en el artículo 863 del Código Aduanero.
Dado que el valor estimado de la mercancía es de $721.317, el arancel aduanero podría imponer una multa mínima de $2,885,268que podría aumentar aún más si se demuestra que el fraude de marcas se encuentra entre los productos incautados.