En el expediente 23.150/2022 del 21.3.2023 consta que devuelve la misma relación tarifa/ingreso que recibió el solicitante en el momento del préstamo.
“Como en todos estos préstamos, el afectado experimentó un aumento notorio en el importe de la devolución del préstamo bancario, aumentando geométricamente el capital de la deuda como consecuencia del llamado ‘sistema UVA’”.Asociación Hipotecaria UVA dijo en un comunicado.
En su exposición de motivos, la Sala dijo que la demandante interpuso la acción «para obtener la razonabilidad del monto del préstamo con garantía hipotecaria en el sistema UVA, que alega está afectando de manera desproporcionada y progresiva sus ingresos y amenaza con perder su carácter único». vivienda (solo 36 m2; habitación individual)».
También llamó la atención sobre este al aumentar las cuotas, “la magra herencia se ve amenazada por el crecimiento desmesurado de las cuotas de amortización de la deuda y el crédito”, porque aun la venta de la casa hipotecada no podía cancelar la obligación contractual aceptada”.
Hipotecas UVA lo entregó “Queda para la sentencia definitiva determinar qué razonabilidad ordenará el tribunal respecto de la cantidad devuelta por la actora hasta la fecha y el saldo del capital adeudado”.
Al respecto, señaló que “El Congreso Nacional, que en varias ocasiones ha postergado una solución global para todos los créditos hipotecarios UVA, debe tomar en cuenta las declaraciones judiciales, con base en el tribunal superior de la causa, y dictar legislación que proteja todas las familias que son víctimas de este sistema».
Esto es necesario «para que no tengan que pasar por largos y costosos procesos judiciales para acabar con su incertidumbre y los riesgos de perder sus viviendas y quedar endeudadas si son subastadas», añadió.
Alojamiento
La demanda que motivó la medida preliminar enfatizó la naturaleza jurídica del acceso a la vivienda como un derecho humano reconocido tanto por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, como por los tratados internacionales de derechos humanos que tienen jerarquía de cláusulas constitucionales (artículo 75, incluyendo 22 del Código Penal), y en pronunciamientos del órgano de tutela de la ONU sobre el acceso a una vivienda digna.
“Es urgente que nuestros legisladores piensen de una vez por todas y den una solución fundamental y definitiva que nos permita pagar hipotecas sin intereses, justas, predecibles y sostenibles en el tiempo”.concluyó la declaración de UVA Hypotéka.