La medida fue adoptada por la Resolución General 959/2023, de 28 de abril, que se publicará este martes en el Diario Oficial, pero que entró en vigor el lunesdado que existe un mercado financiero y bursátil en los Estados Unidos.
Considera adecuada la resolución «establecer ciertas limitaciones» para los que ocupan cargos de garantes o pasaportes, en el contexto de necesidad “Fortalecer el orden macroeconómico» a «estabilizar los mercados».
Los límites se centran en el número de valores negociables vendidos versus el número comprado (liquidado en una moneda extranjera y en una jurisdicción local o extranjera).
para seguir vendiendo dólares CCLdeberán observarse como períodos mínimos de tenencia de un día hábil en el caso de valores negociables emitidos bajo ley argentina y de tres en el caso de valores emitidos bajo ley extranjera, en ambos casos contados a partir de su acreditación ante el Agente del Depósito Central de valores negociables .
Asimismo, se establece que tanto los Agentes Liquidadores y Liquidadores (ALyCs) como los Agentes Negociadores no podrá realizar ni liquidar operaciones de compraventa de valores negociables con liquidación en moneda extranjera -en jurisdicciones locales y extranjeras- correspondientes a los clientes cedentes (si mantienen posiciones en garantías y/o operaciones de reporto, independientemente de la moneda de liquidación).
La resolución se ha redactado en base a lo dispuesto en el Decreto de necesidad y urgencia 164/2023, sobre adopción de medidas “destinados a consolidar y fortalecer el orden macroeconómico, así como implementar políticas que brinden mayor seguridad cambiaria y financiera en el corto y mediano plazo”como se indica en sus considerandos.
Con este DNU, agregó, “se busca una mayor disponibilidad de herramientas para estabilizar los mercados, absorber posibles excedentes de divisas y, en particular, reordenar los activos financieros, especialmente los denominados en moneda extranjera, dentro del sector público nacional con el objetivo de una mayor prudencia y gestión eficiente”.
“De acuerdo con los objetivos planteados, se considera oportuno establecer ciertas restricciones para quienes tomen posiciones en garantías y reportos con independencia de la moneda de liquidación y deseen realizar operaciones de venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera, tanto en moneda local. jurisdicción como jurisdicción extranjera», completó la medida.